1
Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas
2
Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su sangre
3
Si el sol hubiere salido sobre él, el matador será reo de homicidio; el ladrón habrá de restituir cumplidamente; si no tuviere, será vendido por su hurto
4
Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble
5
Si alguno hiciere pastar tierra o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña pagará
6
Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinas quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado
7
Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble
8
Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para jurar si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo
9
Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo
10
Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie
11
juramento del SEÑOR tendrá lugar entre ambos de que no metió su mano a la hacienda de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará
12
Mas si le hubiere sido hurtado, lo pagará a su dueño
13
Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado
14
Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere perniquebrada o muerta, estando ausente su dueño, la pagará
15
Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler
16
Cuando alguno engañare a alguna virgen que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer
17
Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes
23
Que si tú llegas a afligirle, y él a mí clamare, ciertamente oiré yo su clamor
24
y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos
25
Si dieres a mi pueblo dinero prestado, al pobre que está contigo, no te portarás con él como usurero, ni le impondrás intereses
26
Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a puestas del sol se lo devolverás
27
porque sólo aquello es su cubierta, es aquel el vestido para cubrir sus carnes, en el que ha de dormir; y será que cuando él a mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso
28
No maldecirás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo
29
No dilatarás la primicia de tu cosecha, ni de tu licor, me darás el primogénito de tus hijos
30
Así harás con el de tu buey y de tu oveja: siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás
Otras traducciones de Éxodo 22:1
La Biblia de las Américas (Español) BLA
Éxodo 22:1
Si alguno roba un buey o una oveja, y lo mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey y cuatro ovejas por la oveja.
English Standard Version ESV
1
"If a man steals an ox or a sheep, and kills it or sells it, he shall repay five oxen for an ox, and four sheep for a sheep.
King James Version KJV
1
If a man shall steal an ox, or a sheep, and kill it, or sell it; he shall restore five oxen for an ox, and four sheep for a sheep.
New King James Version NKJV
1
"If a man steals an ox or a sheep, and slaughters it or sells it, he shall restore five oxen for an ox and four sheep for a sheep.
Nueva Traducción Viviente NTV
Éxodo 22:1
Protección de la propiedad »Si alguien roba un buey o una oveja y luego mata o vende el animal, el ladrón tendrá que pagar cinco bueyes por cada buey robado y cuatro ovejas por cada oveja robada.
Nueva Versión Internacional NVI
1
»Si alguien roba un toro o una oveja, y lo mata o lo vende, deberá devolver cinco cabezas de ganado por el toro, y cuatro ovejas por la oveja.
La Biblia Reina-Valera (Español) RVR
1
CUANDO alguno hurtare buey ú oveja, y le degollare ó vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.
Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV
1
Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.