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«Cuando a una persona le salga en la piel alguna inflamación, erupción o mancha blancuzca que pueda convertirse en infección,a se le llevará al sacerdote Aarón, o a alguno de sus descendientes los sacerdotes.
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El sacerdote examinará la llaga. Si el vello en la parte afectada se ha puesto blanco y la llaga se ve más hundida que la piel, entonces se trata de una enfermedad infecciosa. Después de examinar a la persona, el sacerdote la declarará impura.
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»Si la mancha blancuzca no se ve más hundida que la piel, ni el vello se le ha puesto blanco, el sacerdote aislará a la persona enferma durante siete días,
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y al séptimo día la examinará de nuevo. Si juzga que la infección no ha seguido extendiéndose sobre la piel, aislará a esa persona otros siete días.
6
Cumplidos los siete días, el sacerdote la examinará otra vez, y si el mal no se ha extendido sobre la piel sino que ha disminuido, la declarará pura. No era más que una erupción, así que la persona enferma se lavará la ropa y quedará pura.
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»Si la erupción se le sigue extendiendo sobre la piel luego de haberse presentado ante el sacerdote para su purificación, la persona enferma tendrá que volver a presentarse ante él.
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El sacerdote la examinará, y si la erupción se ha extendido sobre la piel, declarará impura a esa persona, pues se trata de una enfermedad infecciosa.
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»Cuando una persona tenga una infección en la piel, deberá ser llevada ante el sacerdote,
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quien la examinará. Si ocurre que la inflamación y el vello se han puesto blancos, y se ve la carne viva,
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se trata de una infección crónica. El sacerdote declarará impura a tal persona. Pero no hará falta aislarla otra vez, porque ya se sabe que es impura.
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»Si la infección se ha extendido sobre la piel de tal manera que, hasta donde el sacerdote pueda ver, cubre toda la piel de la persona enferma,
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entonces el sacerdote la examinará. Si ve que la infección le cubre todo el cuerpo, la declarará pura. Esa persona es pura porque todo el cuerpo se le ha puesto blanco.
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Pero será impura en el momento en que le aparezca una llaga ulcerosa.
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Cuando el sacerdote examine la carne viva, declarará impura a esa persona. La carne viva es impura, pues se trata de una enfermedad infecciosa.
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Pero si la llaga ulcerosa se le pone blanca, la persona enferma deberá ir al sacerdote
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para que la examine. Si la llaga se le ha puesto blanca, el sacerdote declarará pura a esa persona, y en efecto lo será.
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»Si alguien ha tenido un absceso en la piel, y luego sana
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pero en el sitio del absceso le aparece una inflamación blancuzca, o una mancha rojiza, deberá presentarse ante el sacerdote
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para que lo examine. Si la inflamación se ve más hundida que la piel y el vello se le ha puesto blanco, el sacerdote lo declarará impuro. Se trata de una enfermedad infecciosa que ha brotado en el sitio donde estaba el absceso.
21
Pero si, al examinar al enfermo, encuentra el sacerdote que el vello no se le ha puesto blanco, y que el absceso no se ve más hundido que la piel sino que ha disminuido, entonces aislará al enfermo durante siete días.
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Si el absceso se extiende sobre la piel, declarará impuro al enfermo, pues se trata de una enfermedad.
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Si el absceso no se desarrolla ni la mancha blanca se extiende sino que ha cicatrizado, declarará puro al enfermo.
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»Si alguien se quema, y sobre la quemadura le aparece una mancha blancuzca o rojiza,
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el sacerdote deberá examinarla. Si el vello de la mancha se le ha puesto blanco, y la mancha misma se ve más hundida que la piel, se trata de una enfermedad infecciosa que brotó en el sitio de la quemadura. El sacerdote declarará impuro al enfermo, pues se trata de una infección.
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»Si al examinar la quemadura encuentra el sacerdote que el vello no se ha puesto blanco ni la mancha se ve más hundida que la piel, sino que ha disminuido, entonces aislará al enfermo durante siete días.
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Al séptimo día el sacerdote volverá a examinarlo, y si observa que la mancha se ha extendido sobre la piel, lo declarará impuro, pues se trata de una infección.
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En cambio, si la mancha blancuzca no ha seguido extendiéndose sobre la piel, se trata solo de la inflamación de la quemadura. Entonces el sacerdote lo declarará puro, ya que se trata solo de una quemadura cicatrizada.
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»Si a un hombre o a una mujer les sale una llaga en la cabeza o en el mentón,
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el sacerdote deberá examinar la llaga. Si esta se ve más hundida que la piel, y el pelo se ve amarillento y delgado, declarará impuro al enfermo. Se trata de tiña, que es una infección en la cabeza o en el mentón.
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Pero si al examinar la llaga tiñosa el sacerdote ve que no está más hundida que la piel ni tiene pelo negro, aislará al enfermo de tiña durante siete días.
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Al séptimo día el sacerdote deberá examinar otra vez al enfermo; si la tiña no se ha extendido, ni tiene pelo amarillento ni se ve más hundida que la piel,
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entonces el enfermo se afeitará el pelo, pero no la parte afectada, y el sacerdote lo aislará otros siete días.
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Al séptimo día el sacerdote volverá a examinar al enfermo; si la tiña no se ha extendido por la piel ni se ve más hundida que esta, lo declarará puro. Entonces el enfermo se lavará la ropa y quedará puro.
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»Si después de su purificación la tiña se extiende por toda la piel,
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el sacerdote deberá examinarlo. Si la tiña se ha extendido por toda la piel, ya no hará falta que el sacerdote busque pelo amarillento, porque el enfermo es impuro.
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En cambio, si considera que la tiña no se ha desarrollado y nota que le ha crecido pelo negro, entonces el enfermo ha sanado. Es puro, y así deberá declararlo el sacerdote.
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»Cuando la ropa de lana o de lino se llene de moho,
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o este aparezca en la urdimbre o trama del lino o de la lana, o en algún cuero o artículo de piel,
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y su color sea verdusco o rojizo, se trata de una infección de moho, y deberá mostrársele al sacerdote,
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quien examinará la mancha y aislará durante siete días el objeto infectado.
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Al séptimo día el sacerdote examinará la mancha. Si esta se ha extendido en la ropa o en la urdimbre, o en la trama, o en el cuero o en cualquier artículo de piel, se trata de un moho corrosivo. Tal objeto es impuro.
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Se le prenderá fuego a la ropa o a la urdimbre, trama, lana, lino o cualquier artículo de piel que haya sido infectado, porque se trata de un moho corrosivo. El objeto deberá ser quemado.
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»Si al examinar el objeto, el sacerdote observa que la mancha no se ha extendido sobre el vestido, ni sobre la urdimbre, trama, lana, lino, o cualquier artículo de cuero,
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entonces mandará lavar el objeto infectado y lo aislará otros siete días.
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Una vez lavado el objeto, el sacerdote procederá a examinarlo. Si observa que la mancha no ha cambiado de aspecto, dicho objeto será considerado impuro aun cuando la mancha no se haya extendido. El objeto será quemado por estar corroído, sea por dentro o por fuera.
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»Si después de lavado el objeto, el sacerdote lo examina y observa que la mancha ha disminuido, deberá arrancar la parte manchada del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.
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Si la mancha reaparece en la ropa, en la urdimbre, en la trama o en cualquier artículo de piel, significa que ha vuelto a brotar. La parte infectada será quemada,
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pero toda ropa, urdimbre, trama o artículo de piel que al lavarse pierda la mancha, se volverá a lavar, y el objeto quedará puro».
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Esta es la ley respecto al moho que infecta la ropa, la lana, el lino, la urdimbre, la trama o cualquier artículo de piel, para poder declararlos puros o impuros.