1 Y ESTOS son los derechos que les propondrás. 2 Si comprares siervo hebreo, seis años servirá; mas al séptimo saldrá horro de balde. 3 Si entró solo, solo saldrá: si tenía mujer, saldrá él y su mujer con él. 4 Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le hubiere parido hijos ó hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo. 5 Y si el siervo dijere: Yo amo á mi señor, á mi mujer y á mis hijos, no saldré libre: 6 Entonces su amo lo hará llegar á los jueces, y harále llegar á la puerta ó al poste; y su amo le horadará la oreja con lesna, y será su siervo para siempre. 7 Y cuando alguno vendiere su hija por sierva, no saldrá como suelen salir los siervos. 8 Si no agradare á su señor, por lo cual no la tomó por esposa, permitirle ha que se rescate, y no la podrá vender á pueblo extraño cuando la desechare. 9 Mas si la hubiere desposado con su hijo, hará con ella según la costumbre de las hijas. 10 Si le tomare otra, no disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el débito conyugal. 11 Y si ninguna de estas tres cosas hiciere, ella saldrá de gracia sin dinero. 12 El que hiriere á alguno, haciéndole así morir, él morirá. 13 Mas el que no armó asechanzas, sino que Dios lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha de huir. 14 Además, si alguno se ensoberbeciere contra su prójimo, y lo matare con alevosía, de mi altar lo quitarás para que muera. 15 Y el que hiriere á su padre ó á su madre, morirá. 16 Asimismo el que robare una persona, y la vendiere, ó se hallare en sus manos, morirá. 17 Igualmente el que maldijere á su padre ó á su madre, morirá. 18 Además, si algunos riñeren, y alguno hiriere á su prójimo con piedra ó con el puño, y no muriere, pero cayere en cama; 19 Si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será el que le hirió absuelto: solamente le satisfará lo que estuvo parado, y hará que le curen. 20 Y si alguno hiriere á su siervo ó á su sierva con palo, y muriere bajo de su mano, será castigado: 21 Mas si durare por un día ó dos, no será castigado, porque su dinero es. 22 Si algunos riñeren, é hiriesen á mujer preñada, y ésta abortare, pero sin haber muerte, será penado conforme á lo que le impusiere el marido de la mujer y juzgaren los árbitros. 23 Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida, 24 Ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25 Quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe. 26 Y cuando alguno hiriere el ojo de su siervo, ó el ojo de su sierva, y lo entortare, darále libertad por razón de su ojo. 27 Y si sacare el diente de su siervo, ó el diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre. 28 Si un buey acorneare hombre ó mujer, y de resultas muriere, el buey será apedreado, y no se comerá su carne; mas el dueño del buey será absuelto. 29 Pero si el buey era acorneador desde ayer y antes de ayer, y á su dueño le fué hecho requerimiento, y no lo hubiere guardado, y matare hombre ó mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño. 30 Si le fuere impuesto rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto. 31 Haya acorneado hijo, ó haya acorneado hija, conforme á este juicio se hará con él. 32 Si el buey acorneare siervo ó sierva, pagará treinta siclos de plata su señor, y el buey será apedreado. 33 Y si alguno abriere hoyo, ó cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey ó asno, 34 El dueño de la cisterna pagará el dinero, resarciendo á su dueño, y lo que fue muerto será suyo. 35 Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo, y éste muriere, entonces venderán el buey vivo, y partirán el dinero de él, y también partirán el muerto. 36 Mas si era notorio que el buey era acorneador de ayer y antes de ayer, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el muerto será suyo.
1 CUANDO alguno hurtare buey ú oveja, y le degollare ó vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas. 2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que le hirió no será culpado de su muerte. 3 Si el sol hubiere sobre él salido, el matador será reo de homicidio: el ladrón habrá de restituir cumplidamente; si no tuviere, será vendido por su hurto. 4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey ó asno ú oveja vivos, pagará el duplo. 5 Si alguno hiciere pacer campo ó viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña pagará. 6 Cuando rompiere un fuego, y hallare espinas, y fuere quemado montón, ó haza, ó campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado. 7 Cuando alguno diere á su prójimo plata ó alhajas á guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble. 8 Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado á los jueces, para ver si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo. 9 Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble á su prójimo. 10 Si alguno hubiere dado á su prójimo asno, ó buey, ú oveja, ó cualquier otro animal á guardar, y se muriere ó se perniquebrare, ó fuere llevado sin verlo nadie; 11 Juramento de Jehová tendrá lugar entre ambos de que no echó su mano á la hacienda de su prójimo: y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá á su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, traerle ha testimonio, y no pagará lo arrebatado. 14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada ó muerta, ausente su dueño, deberá pagar la. 15 Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler. 16 Y si alguno engañare á alguna doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme al dote de las vírgenes. 18 A la hechicera no dejarás que viva. 19 Cualquiera que tuviere ayuntamiento con bestia, morirá. 20 El que sacrificare á dioses, excepto á sólo Jehová, será muerto. 21 Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis. 23 Que si tú llegas á afligirle, y él á mí clamare, ciertamente oiré yo su clamor; 24 Y mi furor se encenderá, y os mataré á cuchillo, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos. 25 Si dieres á mi pueblo dinero emprestado, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura. 26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, á puestas del sol se lo volverás: 27 Porque sólo aquello es su cubierta, es aquel el vestido para cubrir sus carnes, en el que ha de dormir: y será que cuando él á mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso. 28 No denostarás á los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo. 29 No dilatarás la primicia de tu cosecha, ni de tu licor, me darás el primogénito de tus hijos. 30 Así harás con el de tu buey y de tu oveja: siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás. 31 Y habéis de serme varones santos: y no comeréis carne arrebatada de las fieras en el campo; á los perros la echaréis.
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