4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.
5 Si alguno hiciere pastar tierra o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña pagará.
6 Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinas quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.
8 Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para jurar si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo.
9 Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío , la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.
10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie;
11 juramento del SEÑOR tendrá lugar entre ambos de que no metió su mano a la hacienda de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
12 Mas si le hubiere sido hurtado, lo pagará a su dueño.
13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera , le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.
14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere perniquebrada o muerta, ausente su dueño, la pagará.
15 Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler.
16 Cuando alguno engañare a alguna virgen que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer.
17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme al dote de las vírgenes.
18 A la hechicera no darás la vida.
19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá.
20 El que sacrificare a dioses, excepto sólo al SEÑOR, será muerto.
21 Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.
23 Que si tú llegas a afligirle, y él a mí clamare, ciertamente oiré yo su clamor;
24 y mi furor se encenderá, y os mataré a cuchillo, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.
25 Si dieres a mi pueblo dinero prestado, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.
26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a puestas del sol se lo volverás;
27 porque sólo aquello es su cubierta, es aquel el vestido para cubrir sus carnes, en el que ha de dormir; y será que cuando él a mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso.
28 No maldecirás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29 No dilatarás la primicia de tu cosecha, ni de tu licor, me darás el primogénito de tus hijos.
30 Así harás con el de tu buey y de tu oveja: siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 Y habéis de serme varones santos; y no comeréis carne arrebatada de las fieras en el campo; a los perros la echaréis.

Otras traducciones de Éxodo 22:4

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Éxodo 22:4 Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.

English Standard Version ESV

4 If the stolen beast is found alive in his possession, whether it is an ox or a donkey or a sheep, he shall pay double.

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble

King James Version KJV

4 If the theft be certainly found in his hand alive, whether it be ox, or ass, or sheep; he shall restore double.

New King James Version NKJV

Exodus 22:4 If the theft is certainly found alive in his hand, whether it is an ox or donkey or sheep, he shall restore double.

Nueva Traducción Viviente NTV

4 Si alguien roba un buey o un burro o una oveja, y se encuentra el animal en su poder, entonces el ladrón tendrá que pagar el doble del valor del animal robado.

Nueva Versión Internacional NVI

4 »Si el animal robado se halla en su poder y todavía con vida, deberá restituirlo doble, ya sea que se trate de un toro, un asno o una oveja.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey ó asno ú oveja vivos, pagará el duplo.
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