25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, para redimir lo que su hermano hubiere vendido
26 Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate
27 entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión
28 Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá la tierra libre, y él volverá a su posesión
29 Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir
30 Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo
31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo
32 Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre
33 Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel
34 Mas la tierra de los ejidos de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos
35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo recibirás; como peregrino y extranjero vivirá contigo
36 No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo
37 No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia
38 YO SOY vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios
39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo
40 Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá
41 Entonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá
42 Porque me pertenecen, yo los saqué de la tierra de Egipto; y no serán vendidos a manera de esclavos
43 No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios
44 Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de los gentiles que están en vuestro alrededor; de ellos compraréis esclavos y esclavas
45 También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión

Otras traducciones de Levítico 25:25

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 25:25 "Si uno de tus hermanos llega a ser tan pobre que tiene que vender parte de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano haya vendido.

English Standard Version ESV

25 "If your brother becomes poor and sells part of his property, 1then his nearest redeemer shall come and redeem what his brother has sold.

King James Version KJV

25 If thy brother be waxen poor, and hath sold away some of his possession, and if any of his kin come to redeem it, then shall he redeem that which his brother sold.

New King James Version NKJV

25 'If one of your brethren becomes poor, and has sold some of his possession, and if his redeeming relative comes to redeem it, then he may redeem what his brother sold.

Nueva Traducción Viviente NTV

Levítico 25:25 Si uno de tus hermanos israelitas se empobrece y se ve obligado a vender alguna propiedad familiar, un pariente cercano debería comprarla para él.

Nueva Versión Internacional NVI

25 »En el caso de que uno de tus compatriotas se empobrezca y tenga que vender parte de su heredad familiar, su pariente más cercano rescatará lo que su hermano haya vendido.

La Biblia Reina-Valera (Español) RVR

25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá el rescatador, su cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

25 Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá su redentor, su pariente mas cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.
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