1 CUANDO Jehová tu Dios talare las gentes, cuya tierra Jehová tu Dios te da á ti, y tú las heredares, y habitares en sus ciudades, y en sus casas;
2 Te apartarás tres ciudades en medio de tu tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas.
3 Arreglarte has el camino, y dividirás en tres partes el término de tu tierra, que Jehová tu Dios te dará en heredad, y será para que todo homicida se huya allí.
4 Y este es el caso del homicida que ha de huir allí, y vivirá: el que hiriere á su prójimo por yerro, que no le tenía enemistad desde ayer ni antes de ayer:
5 Como el que fué con su prójimo al monte á cortar leña, y poniendo fuerza con su mano en el hacha para cortar algún leño, saltó el hierro del cabo, y encontró á su prójimo, y murió; aquél huirá á una de aquestas ciudades, y vivirá;
6 No sea que el pariente del muerto vaya tras el homicida, cuando se enardeciere su corazón, y le alcance por ser largo el camino, y le hiera de muerte, no debiendo ser condenado á muerte; por cuanto no tenía enemistad desde ayer ni antes de ayer con el muerto.
7 Por tanto yo te mando, diciendo: Tres ciudades te apartarás.
8 Y si Jehová tu Dios ensanchare tu término, como lo juró á tus padres, y te diere toda la tierra que dijo á tus padres que había de dar;
9 Cuando guardases todos estos mandamientos, que yo te prescribo hoy, para ponerlos por obra, que ames á Jehová tu Dios y andes en sus caminos todos los días, entonces añadirás tres ciudades á más de estas tres;
10 Porque no sea derramada sangre inocente en medio de tu tierra, que Jehová tu Dios te da por heredad, y sea sobre ti sangre.
11 Mas cuando hubiere alguno que aborreciere á su prójimo, y lo acechare, y se levantare sobre él, y lo hiriere de muerte, y muriere, y huyere á alguna de estas ciudades;
12 Entonces los ancianos de su ciudad enviarán y lo sacarán de allí, y entregarlo han en mano del pariente del muerto, y morirá.
13 No le perdonará tu ojo: y quitarás de Israel la sangre inocente, y te irá bien.
14 No reducirás el término de tu prójimo, el cual señalaron los antiguos en tu heredad, la que poseyeres en la tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas.
15 No valdrá un testigo contra ninguno en cualquier delito, ó en cualquier pecado, en cualquier pecado que se cometiere. En el dicho de dos testigos, ó en el dicho de tres testigos consistirá el negocio.
16 Cuando se levantare testigo falso contra alguno, para testificar contra él rebelión,
17 Entonces los dos hombres litigantes se presentarán delante de Jehová, delante de los sacerdotes y jueces que fueren en aquellos días:
18 Y los jueces inquirirán bien, y si pareciere ser aquél testigo falso, que testificó falsamente contra su hermano,
19 Haréis á él como él pensó hacer á su hermano: y quitarás el mal de en medio de ti.
20 Y los que quedaren oirán, y temerán, y no volverán más á hacer una mala cosa como ésta, en medio de ti.

Otras traducciones de Deuteronomio 19:1

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Deuteronomio 19:1 Cuando el SEÑOR tu Dios destruya las naciones cuya tierra el SEÑOR tu Dios te da, y las desalojes, y habites en sus ciudades y en sus casas,

English Standard Version ESV

1 "When 1the LORD your God cuts off the nations whose land the LORD your God is giving you, and you dispossess them and dwell in their cities and in their houses,

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

1 Cuando el SEÑOR tu Dios talare los gentiles, cuya tierra el SEÑOR tu Dios te da a ti, y tú los heredares, y habitares en sus ciudades, y en sus casas

King James Version KJV

1 When the LORD thy God hath cut off the nations, whose land the LORD thy God giveth thee, and thou succeedest them, and dwellest in their cities, and in their houses;

New King James Version NKJV

Deuteronomy 19:1 "When the Lord your God has cut off the nations whose land the Lord your God is giving you, and you dispossess them and dwell in their cities and in their houses,

Nueva Traducción Viviente NTV

1 Ciudades de refugio
»Cuando el Señor
tu Dios destruya a las naciones que ahora ocupan el territorio que él está por entregarte, tomarás para ti las tierras y te establecerás en las ciudades y en las casas de esas naciones.

Nueva Versión Internacional NVI

1 »Cuando el SEÑOR tu Dios haya destruido a las naciones cuyo territorio va a entregarte, y tú las hayas expulsado y te hayas establecido en sus ciudades y en sus casas,

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

1 Cuando el SEÑOR tu Dios talare los gentiles, cuya tierra el SEÑOR tu Dios te da a ti, y tú los heredares, y habitares en sus ciudades, y en sus casas;
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