34 Cuando hubieres entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, y pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión,
35 Vendrá aquél cuya fuere la casa, y dará aviso al sacerdote, diciendo: Como plaga ha aparecido en mi casa.
36 Entonces mandará el sacerdote, y despejarán la casa antes que el sacerdote entre á mirar la plaga, por que no sea contaminado todo lo que estuviere en la casa: y después el sacerdote entrará á reconocer la casa:
37 Y mirará la plaga: y si se vieren manchas en las paredes de la casa, cavernillas verdosas ó rojas, las cuales parecieren más hundidas que la pared,
38 El sacerdote saldrá de la casa á la puerta de ella, y cerrará la casa por siete días.
39 Y al séptimo día volverá el sacerdote, y mirará: y si la plaga hubiere crecido en las paredes de la casa,
40 Entonces mandará el sacerdote, y arrancarán las piedras en que estuviere la plaga, y las echarán fuera de la ciudad, en lugar inmundo:
41 Y hará descostrar la casa por dentro alrededor, y derramarán el polvo que descostraren fuera de la ciudad en lugar inmundo:
42 Y tomarán otras piedras, y las pondrán en lugar de las piedras quitadas; y tomarán otro barro, y encostrarán la casa.
43 Y si la plaga volviere á reverdecer en aquella casa, después que hizo arrancar las piedras, y descostrar la casa, y después que fue encostrada,
44 Entonces el sacerdote entrará y mirará; y si pareciere haberse extendido la plaga en la casa, lepra roedora está en la casa: inmunda es.
45 Derribará, por tanto, la tal casa, sus piedras, y sus maderos, y toda la mezcla de la casa; y lo sacará fuera de la ciudad á lugar inmundo.
46 Y cualquiera que entrare en aquella casa todos los días que la mandó cerrar, será inmundo hasta la tarde.
47 Y el que durmiere en aquella casa, lavará sus vestidos; también el que comiere en la casa, lavará sus vestidos.
48 Mas si entrare el sacerdote y mirare, y viere que la plaga no se ha extendido en la casa después que fue encostrada, el sacerdote dará la casa por limpia, porque la plaga ha sanado.
49 Entonces tomará para limpiar la casa dos avecillas, y palo de cedro, y grana, é hisopo:
50 Y degollará la una avecilla en una vasija de barro sobre aguas vivas:
51 Y tomará el palo de cedro, y el hisopo, y la grana, y la avecilla viva, y mojarálo en la sangre de la avecilla muerta y en las aguas vivas, y rociará la casa siete veces:
52 Y purificará la casa con la sangre de la avecilla, y con las aguas vivas, y con la avecilla viva, y el palo de cedro, y el hisopo, y la grana:
53 Luego soltará la avecilla viva fuera de la ciudad sobre la haz del campo: Así hará expiación por la casa, y será limpia.
54 Esta es la ley acerca de toda plaga de lepra, y de tiña;
55 Y de la lepra del vestido, y de la casa;
56 Y acerca de la hinchazón, y de la postilla, y de la mancha blanca:
57 Para enseñar cuándo es inmundo, y cuándo limpio. Aquesta es la ley tocante á la lepra.

Otras traducciones de Levítico 14:34

La Biblia de las Américas (Español) BLA

Levítico 14:34 Cuando entréis en la tierra de Canaán, que os doy en posesión, y ponga yo una marca de lepra sobre una casa en la tierra de vuestra posesión,

English Standard Version ESV

34 "When you come into the land of Canaan, which I give you for a possession, and I put a case of leprous disease in a house in the land of your possession,

La Biblia del Jubileo 2000 JBS

34 Cuando hubieres entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, y pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión

King James Version KJV

34 When ye be come into the land of Canaan, which I give to you for a possession, and I put the plague of leprosy in a house of the land of your possession;

New King James Version NKJV

Leviticus 14:34 "When you have come into the land of Canaan, which I give you as a possession, and I put the leprous plague in a house in the land of your possession,

Nueva Traducción Viviente NTV

34 «Cuando lleguen a Canaán, la tierra que les doy como posesión, puede que yo contamine con moho
algunas de las casas de su tierra.

Nueva Versión Internacional NVI

34 «Si al entrar ustedes en la tierra de Canaán, la cual les doy en propiedad, yo pongo moho infeccioso en alguna de sus casas,

Sagradas Escrituras (1569) (Español) SEV

34 Cuando hubieres entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, y pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión,
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